top of page
Buscar

¿Privatización de la inspección? ¿estos son los barcos que nos quedarán por inspeccionar?


El pasado 7 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda. En su disposición final quinta se modifica el artículo 101.2 de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, permitiendo que las organizaciones privadas de inspección (denominadas organizaciones autorizadas o sociedades de clasificación) puedan realizar actividades inspectoras a las compañías navieras españolas cuando así lo prevea la normativa aplicable. Esta modificación constituye un paso más en el imparable proceso de privatización de la actividad inspectora que hasta la fecha ha venido realizando la Dirección General de la Marina Mercante. De nada ha servido el esfuerzo realizado por los inspectores de la Administración Marítima Española durante el estado de alarma, quienes realizaron por vía telemática las auditorías que fueron necesarias para que las empresas navieras españolas pudieran refrendar o renovar sus certificados y poder así seguir operando sus buques con normalidad. Nada parece ser suficiente para detener el ímpetu externalizador que recorre la Administración Española desde hace ya algún tiempo.

En esta misma línea, se está tramitando un proyecto de real decreto que modificará al Real Decreto 877/2011, de 24 de junio, por el que se que establecen los términos y los supuestos en los que las organizaciones privadas de inspección pueden ser autorizadas por la Administración Marítima Española para efectuar en su nombre funciones de inspección, reconocimiento y certificación de los buques de pabellón español. Actualmente, este tipo de organizaciones tienen limitada su actuación a una serie de supuestos absolutamente excepcionales y que están perfectamente tasados. Por lo que, hasta la fecha, los reconocimientos de buques y compañías navieras nacionales han sido realizados de forma generalizada por los inspectores y subinspectores de las Capitanías Marítimas con un resultado más que satisfactorio desde el punto de vista de la seguridad marítima. El actual régimen de colaboración entre la Administración Marítima Española y las organizaciones privadas de inspección ha funcionado exitosamente durante los últimos nueve años y si bien es cierto que se necesitan algunos pequeños reajustes, de ninguna manera se justifican los drásticos cambios que se pretenden introducir y que señalamos a continuación.

Con las modificaciones propuestas en el proyecto de real decreto se podrá permitir a estas organizaciones realizar labores de inspección y certificación de buques y compañías navieras españolas dentro del territorio nacional prácticamente sin ningún tipo de limitación, lo que supone una transferencia al sector privado de competencias que hasta ahora eran exclusivas de los servicios de inspección de la Dirección General de la Marina Mercante.

Estas modificaciones, en caso de ser aprobadas, afectarán muy seriamente a la calidad e independencia de las inspecciones y al mismo tiempo incrementarán considerablemente los costes de operación de las compañías navieras. Una vez entren en vigor dichas modificaciones, ya no será tan urgente cubrir las vacantes de los inspectores y subinspectores de seguridad marítima que se puedan producir en el futuro ya que, de acuerdo con la nueva redacción de la norma, cuando no existan recursos públicos adecuados para realizar los reconocimientos exigidos por la normativa aplicable, la compañía naviera tendrá la opción de contratar los servicios de una organización privada de inspección. Lo que no se indica en la nueva redacción de la norma es el incremento de costes que supondrá para los navieros la contratación de estos servicios que hasta la fecha están siendo prestados por los inspectores y subinspectores de seguridad marítima de la Dirección General de la Marina Mercante. Como siempre, la externalización de los servicios públicos la acaban pagando los administrados.


A todo lo dicho hay que sumar la pérdida de independencia que supone que las labores de inspección y certificación de los buques pasen a ser realizadas por empresas privadas que tienen una relación comercial directa con las compañías navieras que contratan sus servicios, a este respecto basta con recordar que algunos de los mayores desastres medioambientales de la historia (“Prestige” o “Erika”) fueron ocasionados por fallos en buques que previamente habían sido satisfactoriamente reconocidos y certificados por este tipo de organizaciones privadas de inspección.

Esperemos que nuestros gobernantes recapaciten y tengan muy presente las consecuencias que para la seguridad marítima acarrearía la modificación del citado real decreto.

MarEs ha publicado en diversos medios nuestro punto de vista y hemos iniciado una recogida de firmas con objeto de tratar de revertir esta modificación.

 
 
 

Comentarios


MarEs somos la Asociación de Inspectores y Subinspectores de Seguridad Marítima al servicio de la Administración Española.

Estamos inscritos en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 616816.

Puedes escribirnos al correo: mares.marinosynavales@gmail.com

©Copyright

 2022 by MarEs. Proudly created by José Manuel Robledano.

bottom of page